18 Octubre 2018

EN SESIÓN EXTRAORDINARIA APRUEBA CABILDO LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO RESOLUTIVO DE OBRA PÚBLICA

* La propuesta para la integración del Comité fue sometida a votación y aprobada por la mayoría
*El Comité tiene las facultades para dictaminar procedimientos de licitación

En sesión extraordinaria del H. Cabildo, fue aprobada la conformación del Comité Técnico Resolutivo de Obra Pública, el cual tiene como objetivo llevar a cabo un análisis detallado de las propuestas técnicas y económicas, a fin de formular el dictamen que sirva de base para emitir los fallos correspondientes en las licitaciones de obra pública que sea de beneficio para el Municipio.

El Comité Técnico estará presidido por la titular de Obras Públicas Hortensia Payán, en tanto que el Secretario del Ayuntamiento, Javier Mendoza Valdez realizará las funciones de secretario; mientras que como vocales fungirán el Tesorero Municipal, Enrique Sandoval López; el Oficial Mayor Víctor Quiñonez, así como las regidoras y regidores que formen parte de las carteras de Desarrollo Urbano, y Obras Públicas.

De manera personal pidieron que se les agregara como vocales a los regidores Jesús José Becerra Gutiérrez, de la cartera de Seguridad Pública, José Luis Arroyos Morales de la cartera de Deporte y Jesús Manuel Álvarez Flores de la cartera de Servicios Públicos, además de la Sindica Municipal, Cynthia Ceballos Delgado. 

La propuesta para la integración del Comité en la que coincidieron varios regidores fue sometida a votación y aprobada por la mayoría, durante la sesión extraordinaria que se llevó a cabo el miércoles 17 de octubre. Las reuniones del Comité se efectuarán con la frecuencia que así lo considere la titular de la Dirección de Obras Públicas.

Parte de las facultades del Comité Técnico Resolutivo de Obra Pública, explicó Hortensia Payán, contempla la posibilidad de dictaminar sobre la procedencia de utilizar los medios de excepción a la licitación pública, y que en estos casos, se aplique la licitación directa.

Añadió la funcionaria municipal que en caso de que exista una solicitud por parte del ente público contratante, el Comité deberá analizar y emitir una opinión sobre la problemática que se presente en la ejecución de cada uno de los contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma.

Cabe destacar que el Comité está facultado para constituir subcomités dentro de las dependencias y los organismos, cuando por las características de sus funciones así lo requieran o por la magnitud de sus actividades se justifique su instalación. En el Reglamento de esta Ley se determinará su operación y funcionamiento.